Nueva Ley de Cumplimiento Tributario obliga a formalizar ventas y servicios recibidos vía transferencia bancaria

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Con la entrada en vigor de la Ley de Cumplimiento Tributario (Ley 21.713), el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha emitido nuevas directrices para quienes deben formalizar sus actividades económicas, especialmente aquellas que reciben pagos mediante transferencias bancarias. La ley apunta a reducir la informalidad en las ventas de productos y servicios en línea, en redes sociales y otras plataformas digitales.

Esta norma establece que las instituciones financieras deberán reportar al SII las cuentas que reciban 50 o más abonos de distintas personas en un mes o más de 100 abonos en un semestre. La ley excluye casos como transferencias bancarias destinadas a fines no comerciales, tales como donaciones o cuotas recaudadas por un tesorero de curso.

De acuerdo con el SII, están obligados a formalizarse quienes realicen actividades económicas que generen ingresos sin cumplir con las obligaciones tributarias, como los siguientes casos:

  • Venta de productos en internet (elaborados o comprados para su reventa).
  • Prestación de servicios a través de redes sociales o páginas web.
  • Operación de tiendas físicas de productos o servicios.
  • Ofrecimiento de servicios profesionales a terceros con compensación económica.

Para cumplir con esta normativa, el SII solicita iniciar actividades dentro de los primeros dos meses de operación. El trámite de Inicio de Actividades se puede realizar en línea a través del sitio web del SII. Aquellos que ya han formalizado su actividad, emiten boletas y declaran impuestos no requieren realizar ningún trámite adicional.

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